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miércoles, 24 de febrero de 2010

La Constitución de 1832 (Lectura para la semana del 1 al 5 de Marzo)


Como ya vimos en clase, en el período de la República de la Nueva Granada, se dió origen a una Constitución. Venimos de la disolución de la Gran Colombia. Después de estos hechos, que originaron una inestabilidad política inicial, la nueva república comenzó a consolidar su sistema político con la conformación de una constitución que respondía a la nueva situación.


En febrero de 1832, se aprobó la Constitución que iba a definir el sistema político de la Nueva Granada y a marcar los caminos por dónde debía ir éste país. Se continuó la conformación de la República al reafirmar la división de poderes en ejecutivo (responsable de manejar diariamente el estado), legislativo (elabora y modifica las leyes) y judicial (hace cumplir las leyes y resuelve los conflictos).


El presidente y vicepresidente eran elegidos por los ciudadanos, por un periodo de cuatro años. El Congreso se dividió en Senado y Cámara de Representantes, con cuatro y dos años de ejercicio para sus miembros, respectivamente. Los magistrados y jueces eran elegidos por cuatro años. La antigua división por departamentos se cambió por la de gobernaciones y cámaras provinciales.


El poder ejecutivo fue limitado para evitar manipulaciones dictatoriales, con la prohibición de la elección inmediata y el condicionamiento al presidente a gobernar con el Consejo de Estado, cuyos miembros eran elegidos cada cuatro años por el Congreso.


Esta constitución expresó una de las preocupaciones que acompañaron a la República a lo largo del siglo XIX: el control sobre el presidente ante el temor de un ejecutivo fuerte y centralizado.


La convención que creó y aprobó la Constitución, además, eligió presidente a Santander. Después de la muerte de Bolívar, Santander se convirtió en la figura más prominente, de la política en la Nueva Granada. De esta manera, su elección como presidente en el periodo de 1832 a 1837, tenía como propósito el mantenimiento de la unidad de la nación en cabeza de una figura con la suficiente fuerza para reorganizar la República.




Ideas Claras de la Nueva constitución:



  • El presidente no puede libremente nombrar y remover los gobernadores de las provincias y tiene un período de 4 años.

  • El congreso se reunirá anualmente durante 60 días.

  • El poder judicial se compone de la corte suprema de justicia y de los demás tribunales y juzgados que establezca la ley.

  • Se avanza en materia de descentralización administrativa.

Tomado de http://members.fortunecity.com/ucentral/constitucion.html

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